¿Cuánto vale el año que la promotora te tuvo sin casa?
El Tribunal Supremo lo confirmó en su sentencia 1410/2026, de 10 de septiembre. Si la promotora entrega tarde, no tienes que demostrar que pagaste otro alquiler para que se reconozca el daño. Quedarte sin poder usar tu vivienda ya es un perjuicio. Se mide por su valor de uso, el alquiler de una vivienda parecida durante el tiempo del retraso.
Lo que sí hay que justificar es el importe. Esta calculadora hace la cuenta con tus datos. Nada más.
Este cálculo estima el valor de uso con los datos que has introducido. No determina una indemnización exigible ni sustituye una valoración pericial o el consejo de un abogado. Otros perjuicios, como un alquiler pagado mientras esperabas, requieren probar el gasto, su relación con el retraso y su importe, y no pueden sumarse dos veces por el mismo daño.
Por qué en tu caso hay que justificar la renta
En el caso de Vallecas eran viviendas protegidas, con una renta máxima fijada por norma. Los compradores multiplicaron esa renta por el tiempo de retraso y en ese pleito los parámetros se aceptaron.
En vivienda libre esa tabla no existe. La renta comparable hay que justificarla para tu inmueble, tu zona y los meses exactos del retraso. Si la cifra no está bien sostenida, la promotora la discutirá y el juez puede rebajarla.
Una valoración pericial puede ayudar a sostenerla.
La sentencia, el pleito y lo que no dice, en el artículo Retraso en la entrega de tu vivienda y la STS 1410/2026.
¿Tu vivienda era libre y quieres saber qué renta comparable se puede defender? Escríbeme con las fechas del contrato y de la entrega.
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